Licencia de obras mayor — Reforma local comercial C/ Mayor 23
Datos del expediente
- Municipio
- Villafake del Cerro
- Tipo
- Licencia de obras mayor
- Estado
- Completado
- Creado
- 16/04/2026 05:33
Informe tecnico urbanistico del Arquitecto Municipal
AYUNTAMIENTO DE VILLAFAKE DEL CERRO
Area de Urbanismo
INFORME TECNICO URBANISTICO
Expediente: LIC-1129/2026
Solicitante: D. Juan Martinez Lopez, NIF 12345678-A, en representacion propia
Emplazamiento: C/ Mayor n.º 23, planta baja, Villafake del Cerro
Referencia catastral: 1234567AB0123N0001XY
I. OBJETO DEL INFORME
Se emite el presente informe tecnico a solicitud del Alcalde-Presidente, en relacion con la solicitud de licencia de obras mayor presentada en el Registro General de este Ayuntamiento con fecha quince de febrero de dos mil veintiseis (Reg. Entrada n.º 2026/0342), para la ejecucion de obras de reforma integral de local comercial en planta baja del edificio sito en C/ Mayor n.º 23 de esta localidad.
II. DOCUMENTACION EXAMINADA
1. Solicitud del interesado con fecha de registro 15/02/2026.
2. Proyecto basico y de ejecucion redactado por D.ª Maria Garcia Fernandez, Arquitecta colegiada n.º 4521 del COAV, visado con fecha 10/02/2026.
3. Estudio de seguridad y salud.
4. Certificado catastral descriptivo y grafico.
5. Nota simple registral del inmueble (Registro de la Propiedad n.º 2 de Ciudad Imaginaria).
6. Declaracion responsable del tecnico director de obra.
III. DESCRIPCION DE LAS OBRAS
El proyecto contempla la reforma integral de un local comercial en planta baja con una superficie construida de 120,45 m² y superficie util de 108,20 m². Las obras consisten en:
a) Demolicion de la tabiqueria interior existente y retirada de instalaciones obsoletas.
b) Redistribucion de espacios interiores: zona de atencion al publico (62 m²), almacen (28 m²), aseo adaptado (6 m²) y zona de instalaciones (12,20 m²).
c) Renovacion completa de las instalaciones de fontaneria, saneamiento, electricidad (conforme REBT) y climatizacion.
d) Adecuacion de la fachada comercial: sustitucion del escaparate y rotulacion, manteniendo la linea de cornisa y la composicion del alzado del edificio.
e) Instalacion de sistema de proteccion contra incendios conforme CTE DB-SI.
El presupuesto de ejecucion material asciende a ochenta y siete mil quinientos euros (87.500,00 €).
IV. ANALISIS URBANISTICO
Clasificacion del suelo: Suelo urbano consolidado (SU-C), conforme al Plan General de Ordenacion Urbana vigente, aprobado definitivamente por Resolucion de la Consejeria de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de fecha 23/06/2019 (publicado en BOP n.º 142 de 28/07/2019).
Calificacion: Zona residencial mixta R-3, que permite usos comerciales en planta baja (art. 4.3.2 del PGOU).
Alineaciones y rasantes: No se modifican. Las obras son interiores y de fachada comercial dentro de los limites de la planta baja existente.
Edificabilidad: No se altera la superficie construida ni la volumetria del edificio. No computa a efectos de edificabilidad al tratarse de reforma sin ampliacion.
Accesibilidad: El proyecto contempla la eliminacion del escalon de acceso existente y la instalacion de aseo adaptado, cumpliendo con el CTE DB-SUA y la normativa autonomica de accesibilidad (Decreto 65/2019).
V. CUMPLIMIENTO NORMATIVO
Se verifica el cumplimiento de:
- Codigo Tecnico de la Edificacion (RD 314/2006): DB-SI (seguridad contra incendios), DB-SUA (seguridad de utilizacion y accesibilidad), DB-HS (salubridad).
- Reglamento Electrotecnico de Baja Tension (RD 842/2002).
- Reglamento de Instalaciones Termicas en los Edificios (RD 1027/2007).
- Ordenanza Municipal de Obras y Actividades.
- Plan General de Ordenacion Urbana vigente.
VI. CONCLUSION
Examinado el proyecto tecnico y la documentacion aportada, las obras proyectadas resultan CONFORMES con la normativa urbanistica de aplicacion y con las condiciones tecnicas exigibles. En consecuencia, se informa FAVORABLEMENTE la concesion de la licencia de obras mayor solicitada, condicionada a:
1. Obtencion previa de licencia de actividad para el uso comercial especifico.
2. Comunicacion de inicio de obras con indicacion de la direccion facultativa.
3. Solicitud de ocupacion de via publica si fuera necesaria para la ejecucion.
4. Cumplimiento de los horarios de obra establecidos en la Ordenanza Municipal.
Es cuanto tengo el honor de informar.
En Villafake del Cerro, a quince de marzo de dos mil veintiseis.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
[Firma]
Fdo.: D. Antonio Perez Ruiz
EL SECRETARIO GENERAL
[Firma]
Fdo.: D. Carlos Navarro Diaz
Decreto de Alcaldia de concesion de licencia de obras mayor
AYUNTAMIENTO DE VILLAFAKE DEL CERRO
Alcaldia-Presidencia
DECRETO DE ALCALDIA
Decreto n.º: 2026/1129
Expediente: LIC-1129/2026
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha quince de febrero de dos mil veintiseis (Reg. Entrada n.º 2026/0342), D. Juan Martinez Lopez, con NIF 12345678-A, y domicilio a efectos de notificaciones en C/ de la Fuente n.º 7, 2.º B, de esta localidad, presento solicitud de licencia de obras mayor para la reforma integral de local comercial sito en C/ Mayor n.º 23, planta baja, de este municipio.
Segundo. La solicitud se acompana de proyecto basico y de ejecucion suscrito por D.ª Maria Garcia Fernandez, Arquitecta colegiada n.º 4521 del Colegio Oficial de Arquitectos de la Comunitat Valenciana, con un presupuesto de ejecucion material de ochenta y siete mil quinientos euros (87.500,00 €).
Tercero. El Arquitecto Municipal ha emitido informe tecnico urbanistico de fecha veinte de febrero de dos mil veintiseis, en sentido FAVORABLE, verificando la conformidad del proyecto con el Plan General de Ordenacion Urbana vigente y con la normativa tecnica de aplicacion.
Cuarto. Consta en el expediente certificado de la Intervencion Municipal acreditativo de la liquidacion de la tasa por licencia urbanistica, por importe de mil trescientos doce euros con cincuenta centimos (1.312,50 €), conforme a la Ordenanza Fiscal reguladora, habiendo sido ingresada en la Tesoreria Municipal mediante autoliquidacion de fecha 18/02/2026.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El articulo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Regimen Local (LBRL), atribuye al Alcalde la competencia para el otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.
Segundo. Los articulos 5.1 y 213 del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitacion Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre (TRLSRU), establecen el regimen de las licencias urbanisticas.
Tercero. Los articulos 192 y siguientes de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenacion del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (LOTUP), regulan el regimen de licencias urbanisticas en el ambito autonomico.
Cuarto. La Ordenanza Municipal Reguladora de las Licencias Urbanisticas y de Actividad, aprobada definitivamente por el Pleno de la Corporacion en sesion de fecha 14/03/2018.
RESUELVO
Primero. CONCEDER a D. Juan Martinez Lopez, con NIF 12345678-A, licencia de obras mayor para la reforma integral de local comercial en planta baja del inmueble sito en C/ Mayor n.º 23 de este municipio, de conformidad con el proyecto tecnico presentado y con sujecion a las siguientes condiciones:
a) Las obras deberan ejecutarse estrictamente conforme al proyecto tecnico aprobado. Cualquier modificacion sustancial requerira nueva licencia o modificacion de la concedida.
b) Debera comunicarse a este Ayuntamiento la fecha de inicio efectivo de las obras y la identidad de la direccion facultativa.
c) En la obra debera mantenerse copia de la licencia a disposicion de los servicios de inspeccion municipales.
d) La ocupacion de via publica, si resultara necesaria, requerira autorizacion municipal independiente.
e) Se observaran los horarios de obra establecidos en la Ordenanza Municipal (lunes a viernes de 8:00 a 20:00; sabados de 9:00 a 14:00).
f) Los residuos de construccion y demolicion se gestionaran conforme al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero.
Segundo. El plazo de inicio de las obras sera de seis (6) meses y el de terminacion de dieciocho (18) meses, ambos contados desde el dia siguiente a la notificacion de la presente resolucion, de conformidad con el articulo 201 de la LOTUP. Transcurrido el plazo de inicio sin que las obras hayan comenzado, la licencia se entendera caducada.
Tercero. La presente licencia se otorga sin perjuicio de terceros, de las servidumbres que pudieran existir y de las autorizaciones que fueran preceptivas de otros organismos publicos, quedando el titular obligado a obtener cuantas licencias o autorizaciones sean exigibles por la legislacion sectorial.
Cuarto. NOTIFICAR la presente resolucion al interesado con indicacion de los recursos procedentes.
RECURSOS
Contra la presente resolucion, que pone fin a la via administrativa, podra interponer, con caracter potestativo, recurso de reposicion ante el mismo organo que la ha dictado, en el plazo de un (1) mes a contar desde el dia siguiente al de su notificacion, de conformidad con los articulos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas.
Alternativamente, podra interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos (2) meses contados desde el dia siguiente al de la notificacion de este acto, conforme a lo dispuesto en el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccion Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
En Villafake del Cerro, a quince de marzo de dos mil veintiseis.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
[Firma]
Fdo.: D. Antonio Perez Ruiz
EL SECRETARIO GENERAL
[Firma]
Fdo.: D. Carlos Navarro Diaz
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