Saltar al contenido
← Volver a expedientes demo

Decreto Alcaldía — Aprobación calendario fiestas locales 2026

GOB-001 Aprobación de ordenanza o reglamento Completado 2 documentos

Datos del expediente

Municipio
Villafake del Cerro
Tipo
Aprobación de ordenanza o reglamento
Estado
Completado
Creado
16/04/2026 04:52
DEC-2026-1132-01

Decreto de determinacion de fiestas locales 2026

Generado Vertex AI EU (Claude Sonnet 4.6)

AYUNTAMIENTO DE VILLAFAKE DEL CERRO

Alcaldia-Presidencia

DECRETO DE ALCALDIA

Decreto n.º: 2026/1132
Expediente: GOB-1132/2026

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Concejalia de Cultura y Fiestas, a traves de la Comision Informativa de Cultura y Festejos, ha propuesto la fijacion como fiestas locales del ejercicio 2026 los dias correspondientes a las festividades patronales del municipio.

Segundo. La Secretaria General ha emitido informe favorable sobre la competencia y el procedimiento aplicable, de fecha 15/01/2026.

Tercero. Esta Alcaldia ostenta la competencia delegada por el Pleno para la determinacion de las fiestas locales (Decreto de Delegaciones 2025/001, delegacion quinta).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Articulo 37.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Segundo. Articulo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulacion de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos.

Tercero. Articulo 22.2.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Regimen Local, en relacion con el articulo 21.3 del mismo texto legal (delegacion de competencias del Pleno en el Alcalde).

RESUELVO

Primero. DETERMINAR como fiestas locales del municipio de Villafake del Cerro para el ejercicio 2026 los siguientes dias:

a) Jueves, quince de mayo de dos mil veintiseis — Festividad de San Isidro Labrador, patron del municipio.
b) Jueves, veinticuatro de septiembre de dos mil veintiseis — Festividad de la Virgen de la Merced, patrona del municipio.

Segundo. PUBLICAR el presente Decreto en el Boletin Oficial de la Provincia a los efectos de general conocimiento.

Tercero. DAR CUENTA al Pleno de la Corporacion en la primera sesion ordinaria que se celebre.

En Villafake del Cerro, a quince de marzo de dos mil veintiseis.

EL ALCALDE-PRESIDENTE

[Firma]

Fdo.: D. Antonio Perez Ruiz

EL SECRETARIO GENERAL

[Firma]

Fdo.: D. Carlos Navarro Diaz

INF-SEC-2026-1132-01

Informe de Secretaria sobre competencia y procedimiento

Generado Vertex AI EU (Claude Sonnet 4.6)

AYUNTAMIENTO DE VILLAFAKE DEL CERRO

Secretaria General

INFORME DE SECRETARIA

Expediente: GOB-1132/2026
Asunto: Determinacion de fiestas locales para el ejercicio 2026

I. OBJETO

Se emite el presente informe preceptivo, al amparo del articulo 3.2.a) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el regimen juridico de los funcionarios de Administracion Local con habilitacion de caracter nacional, en relacion con la propuesta de determinacion de las dos fiestas locales correspondientes al municipio de Villafake del Cerro para el ano 2026.

II. ANTECEDENTES

El articulo 37.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), establece que las fiestas laborales tendran un limite maximo de catorce al ano, de las cuales dos seran locales. El articulo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulacion de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, dispone que seran fiestas de caracter local las que por tradicion le sean propias a cada municipio.

Consta en el expediente propuesta formulada por la Concejalia de Fiestas, avalada por el acuerdo de la Comision Informativa de Cultura y Festejos de fecha 10/01/2026, proponiendo los dias quince de mayo (festividad de San Isidro Labrador, patron del municipio) y veinticuatro de septiembre (festividad de la Virgen de la Merced, patrona del municipio).

III. ANALISIS JURIDICO

Competencia: La determinacion de las fiestas locales corresponde al Pleno de la Corporacion, de conformidad con el articulo 22.2.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, LBRL, en relacion con el articulo 46 del RD 2001/1983. No obstante, es practica habitual que esta competencia sea delegada en la Alcaldia o en la Junta de Gobierno Local, como asi consta en el Decreto de Delegaciones 2025/001 de esta Corporacion, delegacion quinta.

Publicacion: Una vez adoptado el acuerdo, debera publicarse en el Boletin Oficial de la Provincia (BOP) con anterioridad al 1 de noviembre del ano anterior o, en su defecto, con la maxima antelacion posible respecto de las fechas fijadas.

IV. CONCLUSION

El Alcalde-Presidente es competente para la determinacion de las fiestas locales del ejercicio 2026, en virtud de la delegacion conferida. Se ha seguido el procedimiento legalmente establecido.

En Villafake del Cerro, a quince de marzo de dos mil veintiseis.

EL ALCALDE-PRESIDENTE

[Firma]

Fdo.: D. Antonio Perez Ruiz

EL SECRETARIO GENERAL

[Firma]

Fdo.: D. Carlos Navarro Diaz

Expediente ficticio generado por Edilia

Los documentos que ves arriba son ejemplos reales de lo que Edilia genera: membrete municipal, fundamentos juridicos con citas a LBRL, LPAC, LCSP, pie de recursos y firma. Todo automatico.

Contactar →